Guía de Trámites y Preguntas Frecuentes

Resolvemos sus dudas más comunes sobre trámites notariales

¿Para qué sirve? Dejar constancia formal de un hecho, circunstancia o manifestación ante notario. También puede usarse en situaciones como pérdida o extravío de documentos.

¿Quién la puede hacer? La persona que declara, siempre que sea mayor de edad.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. En algunos casos puede ser necesario acompañar antecedentes relacionados con el contenido de la declaración.

¿Para qué sirve? Autorizar a otra persona para realizar una gestión específica en nombre de quien la otorga. Puede utilizarse, por ejemplo, para trámites personales, administrativos o actuaciones determinadas.

¿Quién la puede hacer? La persona que otorga el poder, mayor de edad. Si actúa una empresa o persona jurídica, debe comparecer su representante con facultades suficientes.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. Si comparece una persona jurídica, además RUT y antecedentes de personería. En ciertos casos especiales, se piden datos de la persona que recibirá el poder y documentación adicional según la gestión encomendada.

¿Para qué sirve? Otorgar representación amplia a otra persona para actuar en nombre del mandante en distintas gestiones o actos.

¿Quién lo puede hacer? La persona que otorga el poder, mayor de edad. Si comparece una persona jurídica, debe hacerlo por medio de su representante.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. En varios casos se recomienda o exige minuta redactada por abogado. Si comparece una persona jurídica, se deben acompañar antecedentes que acrediten la personería.

Características: Puede requerir escritura pública. En algunos casos, si la persona no puede firmar por incapacidad física, puede exigirse la comparecencia de un testigo no interesado.

¿Para qué sirve? Autorizar a otra persona a ejecutar uno o más actos determinados y concretos.

¿Quién lo puede hacer? La persona mayor de edad que lo otorga. Si se trata de una empresa o persona jurídica, debe actuar su representante.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. Si comparece una persona jurídica, antecedentes de personería. Cuando el mandato recae sobre bienes determinados, puede exigirse acreditar el dominio de esos bienes.

¿Para qué sirve? Otorgar representación en actuaciones o gestiones judiciales.

¿Quién lo puede hacer? La persona que otorga el mandato, mayor de edad, o el representante de una persona jurídica.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. Minuta redactada por abogado. Si comparece una persona jurídica, debe acreditar personería.

¿Para qué sirve? Autorizar la salida del país de un menor de edad.

¿Quién la puede hacer? Puede comparecer el padre, la madre, ambos padres, el representante legal y, en ciertos casos, quien tenga acreditado el cuidado personal, tutela o curaduría, según corresponda a la situación del menor y del acompañante.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente o pasaporte chileno vigente del compareciente, según el caso. Certificado de nacimiento del menor. Cuando la autorización la otorga tutor, curador o quien tiene el cuidado personal, debe acreditarse esa calidad.

Características: Existen variantes según si autoriza uno de los padres, ambos, un representante legal, si el menor viaja con uno de sus padres, con un tercero o sin acompañante. Este trámite permite generar tres copias de la autorización notarial.

¿Para qué sirve? Autorizar que un menor de edad pueda trabajar.

¿Quién la puede hacer? Puede ser otorgada por cualquiera de los padres y, en su defecto, por alguno de los abuelos paternos o maternos, o por quien acredite la tuición del menor. El menor debe ser mayor de 15 años.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente del compareciente y certificados del Registro Civil que acrediten parentesco o la calidad con la que actúa.

¿Para qué sirve? Acreditar el estado civil de una persona por medio de declaración de testigos.

¿Quién lo puede hacer? Comparecen dos testigos.

Qué debe presentar: Los testigos deben ser mayores de 18 años. En algunos casos se exige que no sean familiares del interesado y que presenten su cédula de identidad vigente.

¿Para qué sirve? Autorizar el uso de un inmueble como domicilio comercial.

¿Quién la puede hacer? El propietario del inmueble o su representante. Si el dueño es persona jurídica, debe comparecer su representante con facultades.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente. Si se trata de una persona jurídica, RUT y documento de personería vigente.

¿Para qué sirve? Formalizar el arriendo de un inmueble entre arrendador y arrendatario.

¿Quién lo puede hacer? Arrendador y arrendatario. Si alguna de las partes es persona jurídica, debe comparecer su representante.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente de ambas partes. Certificado de dominio vigente o documentos que acrediten dominio y facultades para arrendar. Si intervienen personas jurídicas, RUT y antecedentes de personería.

Características: Si se presenta un documento con redacción propia, puede quedar sujeto a revisión para verificar que cumpla con las exigencias formales del documento.

¿Para qué sirve? Dejar constancia del término anticipado de un contrato de arriendo cuando no se cumplirá el plazo originalmente pactado.

¿Quién lo puede hacer? Arrendador y arrendatario.

Qué debe presentar: Comparecencia personal del arrendador y del arrendatario, ambos con cédula de identidad vigente.

¿Para qué sirve? Formalizar la venta o transferencia de un vehículo motorizado.

¿Quién la puede hacer? Vendedor y comprador, o sus representantes. Si interviene una persona jurídica, debe acreditarse la personería.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente de los comparecientes. Certificado de anotaciones vigentes del mismo día. Certificado de multas del mismo día o certificado de multas no pagadas, según el caso. Último permiso de circulación pagado o vigente. Si comparece una persona jurídica, RUT y personería.

Características: Puede requerirse el pago del impuesto a la transferencia equivalente al 1,5% del precio de venta. También puede revisarse si existen deudas por pensión de alimentos que obliguen a efectuar retenciones. Si el vehículo tiene prenda, prohibición u otro impedimento legal, la operación puede no realizarse.

¿Para qué sirve? Dejar constancia del término de la relación laboral y ratificar ese acto ante ministro de fe.

¿Quién lo puede hacer? Debe comparecer al menos el trabajador. En ciertos casos especiales también puede requerirse la presencia del empleador.

Qué debe presentar: Finiquito. Cédula de identidad vigente del trabajador. Certificado de cotizaciones previsionales pagadas o al día. En algunos casos se exigen tres ejemplares del finiquito.

Características: Se distinguen situaciones especiales según causal de término del contrato y casos con retenciones por pensiones de alimentos.

¿Para qué sirve? Constituir formalmente una sociedad.

¿Quién la puede hacer? Los socios o constituyentes, o sus representantes cuando corresponda.

Qué debe presentar: En distintos casos se menciona minuta redactada por abogado, comparecencia con cédula de identidad vigente y, cuando intervienen personas jurídicas, antecedentes de personería.

Características: Puede comprender escritura pública, inscripción en el Registro de Comercio y publicación del extracto en el Diario Oficial, según la modalidad utilizada.

¿Para qué sirve? Expresar la voluntad de una persona respecto de sus bienes o disposiciones para después de su muerte.

¿Quién lo puede hacer? El testador, compareciendo personalmente.

Qué debe presentar: Comparecencia personal del testador y tres testigos. En algunos casos se recomienda asesoría de abogado para la redacción.

Características: Puede existir en modalidad abierta o cerrada. En el abierto intervienen testigos; en el cerrado puede requerirse concurrir con el testamento ya confeccionado y cerrado.

¿Para qué sirve? Formalizar la compraventa o transferencia de un inmueble.

¿Quién la puede hacer? Comprador y vendedor, o sus representantes si se trata de personas jurídicas.

Qué debe presentar: Cédula de identidad vigente de las partes. Si intervienen personas jurídicas, antecedentes de personería. Copia autorizada de la escritura que origina el título de dominio. Copia autorizada de la inscripción de dominio vigente. Certificado de hipotecas y gravámenes. Certificado de deuda o exención de contribuciones. Certificados de no expropiación. Certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil, si corresponde.

¿Para qué sirve? Dejar constancia de un domicilio por medio de una declaración jurada firmada ante notario.

¿Quién la puede hacer? La persona que declara su domicilio.

Qué debe presentar: Documento o texto con nombre completo, RUT y dirección exacta, además de comparecencia para firmar ante notario.

Nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas. Los sábados atendemos de 10:00 a 13:00 horas. Le recomendamos agendar una cita previa para trámites complejos.

La protocolización es el acto por el cual un documento se incorpora al registro o protocolo del notario. Esto le otorga al documento fecha cierta y lo resguarda en el archivo notarial, pudiendo obtenerse copias autorizadas en el futuro. Es útil para documentos privados que requieren mayor seguridad jurídica.

No. La autorización de firma requiere la presencia personal del firmante ante el notario, quien debe verificar su identidad mediante cédula de identidad vigente. Esto garantiza la autenticidad del acto y la seguridad jurídica del documento.

El tiempo de gestión varía según la complejidad del trámite. Una escritura simple puede estar lista en 24 a 48 horas hábiles, mientras que trámites más complejos como constituciones de sociedad pueden tomar entre 3 a 5 días hábiles. Le informaremos el plazo estimado al momento de recibir sus antecedentes.

Puede solicitar copias autorizadas de escrituras otorgadas en esta notaría presentando su cédula de identidad y los datos de referencia (año, número de repertorio o nombres de los otorgantes). La búsqueda y emisión de copias tiene un plazo estimado de 1 a 3 días hábiles según la antigüedad del documento.

Aceptamos diversos medios de pago para su comodidad: efectivo, tarjetas de débito y crédito (Transbank), y transferencias electrónicas. Para montos elevados, recomendamos consultar previamente sobre la disponibilidad del medio de pago preferido.